La adopción de la primera resolución en la historia a favor de las mujeres defensoras de derechos humanos (DDHH) por el Tercer Comité de la Asamblea General de las Naciones Unidas significa un gran avance en la protección de quienes enfrentan riesgos y ataques por su trabajo en la promoción de los derechos humanos, incluidos los derechos de las mujeres, según Amnistía Internacional (AI), la Asociación para los Derechos de la Mujer y el Desarrollo (AWID), el Servicio Internacional para los Derechos Humanos (ISHR) y JASS (Asociadas por lo Justo). Sin embargo, es profundamente decepcionante que este consenso se lograra en el último minuto a expensas de la eliminación de un párrafo crucial, cuyo texto hacia un llamado a los Estados a condenar todas las formas de violencia contra las mujeres y contra las mujeres defensoras de derechos humanos, así como de abstenerse invocar costumbres, tradiciones o consideraciones religiosas para evitar el cumplimiento de las obligaciones vinculadas a la eliminación de la violencia contra las mujeres.

Lo anterior, a pesar de que este mismo lenguaje había sido previamente acordado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la Resolución 67/144, sobre la “Intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres.” Es irónico que la referencia a dicho lenguaje no pudiera ser incluido precisamente durante la semana en que se conmemora el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, el 25 de noviembre.

“La protección de las defensoras de DDHH es esencial para la paz, seguridad, desarrollo y respeto de todos nuestros derechos humanos,” dijo Eleanor Openshaw del Programa de Mujeres Defensoras de DDHH de ISHR (por sus siglas en inglés). “Las defensoras de DDHH cuestionan la desigualdad y los estereotipos de género, fomentan los derechos sexuales y reproductivos, y promueven el empoderamiento y participación de las mujeres. También cuestionan interpretaciones religiosas y culturales que subordinan, estigmatizan o restringen a las mujeres,” concluyó Openshaw.

“La resolución impulsada por Noruega, reconoce que, por ser quienes son y por las características de su trabajo, las mujeres defensoras de DDHH en todo el mundo enfrentan diversas formas de violencia y abusos que van desde campañas de desprestigio hasta violencia sexual y violencia basada en el género,” expresó Nicole Bjerler de la oficina de Amnistía Internacional ante la ONU en Nueva York.

“La resolución exhorta a los Estados a diseñar leyes y políticas específicas, con perspectiva de género, para la protección de las defensoras de DDHH y garantizar que las defensoras estén involucradas en la elaboración e implementación de estas medidas. La implementación efectiva de tales medidas por parte de los Estados será un mecanismo clave para permitir que las defensoras de derechos humanos realicen su importante y legítimo trabajo” añadió Bjerler. Asimismo, hace un llamado a los Estados para proteger a las defensoras de DDHH ante cualquier represalia que puedan sufrir por cooperar con los diversos mecanismos de la Organización de las Naciones Unidas, y garantizar su acceso irrestricto a la comunicación con organizaciones y mecanismos internacionales de DDHH.

Sin embargo, diversos aspectos de la resolución fueron objeto de complejos debates en los que representantes de Estadosafricanos y asiáticos argumentaron que el documento debía concentrarse más en los deberes y responsabilidades de quienes defienden los derechos, y no debía crear derechos o privilegios especiales para ciertos grupos de defensores. Contrarrestando esta visión, Marisa Viana, del programa de activismo joven feminista en AWID, dijo que “la protección de las y los defensores de DDHH no es un asunto de crear nuevos derechos. Se trata de los compromisos asumidos por los Estados para para permitir que las y los defensores realicen su trabajo legítimo y vital en nuestras comunidades sin temor a represalias o ataques.”

El proyecto inicial contenía otras referencias importantes en las cuales se reconocían los riesgos particulares que enfrentan las personas que trabajan en temas de salud sexual y reproductiva, derechos reproductivos y otros asuntos relacionados con la salud. Estas referencias fueron excluidas durante las discusiones de los proyectos de resolución, debido a la oposición expresada por varios países de África, Asia y la Santa Sede. Es lamentable y decepcionante que los principales países impulsores de la resolución, junto con otros, no lograran asegurar en la versión final de la resolución, la inclusión de lenguaje específico relacionado con las defensoras de DDHH que trabajan en estos temas cruciales. “Las defensoras de derechos humanos que trabajan los derechos sexuales y reproductivos y los temas vinculados con la sexualidad suelen ser frecuentemente objeto de ataques a causa de la discriminación legalizada que persiste en muchos países del mundo,” dijo Cristina Hardaga de JASS, Asociadas por lo Justo.

“Lamentablemente, la exclusión del reconocimiento específico a la lucha que enfrentan las defensoras de DDHH, no hace justicia a la importante, valiente y, en muchas ocasiones peligrosa labor que llevan a cabo muchas mueres,” señaló Hardaga. “Los Estados deben reconocer que las defensoras de derechos humanos que trabajan por los derechos humanos son diversas. Trabajan en diferentes contextos alrededor del mundo y enfrentan riesgos extraordinarios. Esto sucede particularmente con aquellas que trabajan por los derechos de las mujeres y los temas de género, y con quienes cuestionan los estereotipos de género y las percepciones acerca del papel de la mujer en la sociedad. Esta resolución es un paso importante para alcanzar dicho reconocimiento.”

Las dificultades que enfrentó la adopción de la resolución generaron una ola de apoyo de la sociedad civil en todo el mundo, quienes se movilizaron para instar a los representantes de los diferentes países a apoyar la resolución. Más de 70 organizaciones de la sociedad civil y redes de defensores y defensoras de los DDHH de toda África firmaron una carta abierta a sus representantes exigiendo que apoyaran el documento. Además, personas reconocidas internacionalmente, como mujeres ganadoras del premio Nobel de la Paz e integrantes de la organización The Elders llamaron a los Gobiernos de todo el mundo a apoyar la adopción de una resolución relevante.

“La movilización de la sociedad civil en diferentes regiones es testimonio de la gravedad de las violaciones que enfrentan las mujeres defensoras de DDHH en todo el mundo y de la necesidad de los Estados en tomar medidas más fuertes para la protección y promoción a su trabajo,” dijo Marisa Viana de AWID.

Si bien la resolución adoptada finalmente no aborda exhaustivamente todos los riesgos y las necesidades de protección de las mujeres defensoras de DDHH, sigue siendo una resolución histórica y de gran importancia. Los Estados se han comprometido a tomar acciones concretas para la protección de las mujeres que defienden los DDHH. Organizaciones como AI, AWID, ISHR y JASS instan a los Estados a garantizar que las medidas contempladas en la resolución sean implementadas en sus países.

El Día Internacional de las Mujeres Defensoras de DDHH, conmemorado esta semana, el 29 de noviembre, es la perfecta oportunidad para comenzar a implementar lo acordado en esta resolución, de modo que las mujeres defensoras de DDHHsen todo el mundo puedan trabajar con seguridad y efectividad, sin temor a sufrir intimidaciones y represalias por su labor.

Contactos:

Amnistía Internacional: Nicole Bjerler, Oficina de Amnistía Internacional ante la ONU, Bjerler@amnesty.org +1 212 867 8878

Asociación para los Derechos de la Mujer y el Desarrollo: Marisa Viana, directora del programa de activismo joven feminista, MViana@awid.org

Servicio Internacional para los Derechos Humanos: Eleanor Openshaw, Programa de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos, e.openshaw@ishr.ch + 41 789 442 552; Madeleine Sinclair, Directora de Programa y Asesora Legal, m.sinclair@ishr.ch +1-917-544-6148

JASS. Asociadas por lo Justo: Cristina Hardaga Fernández, Coordinadora de Interlocución Estratégica y Política, cristinahf.jass@gmail.com

Notas:

Para efecto de la resolución el término, «mujeres defensoras de derechos Humanos» incluye a las mujeres que defienden todos los derechos humanos y todas aquellas que promueven y protegen los derechos y las cuestiones relacionadas con la igualdad de género de las mujeres.

Amnistía Internacional, Asociación para los Derechos de la Mujer y el Desarrollo (AWID) , el Servicio Internacional para los Derechos Humanos (ISHR) y JASS (Asociadas por lo Justo), forman parte de la Coalición Internacional de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos.

La Relatora Especial sobre la situación de las personas defensoras de derechos humanos, en su informe de 2010 al Consejo de Derechos Humanos de la ONU (A/HRC/16/44), observó un gran número de comunicaciones que había recibido en relación con presuntas violaciones contra quienes trabajan por los derechos de las mujeres, incluidos los derechos sexuales y reproductivos y las cuestiones de género.

Los casos de ataques contra las defensoras que trabajan sobre los derechos sexuales y reproductivos y los derechos relacionados con la sexualidad han sido documentados por la Coalición Internacional de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos en su Informe 2012.

Estos casos incluyen el asesinato de 2009 del proveedor de salud de EE.UU. , el Dr. George Tiller, y el enjuiciamiento malicioso y detención arbitraria en 2010 de los activistas de Gambia contra la mutilación genital femenina Dr. Isatou Touray y la Sra. Amie Bojang – Sissoho.